El programa Escuela al Aire Libre del Servicio de Extensión de la Universidad Estatal de Oregón (OSU) espera que los distritos participantes cumplan con las políticas estándares de contabilidad, adquisición y contratación. Esto incluye, entre otras cosas, dividir los costos en dos amplias clasificaciones:
A continuación, proporcionamos ejemplos de costos permitidos y prohibidos para cada una de estas categorías de presupuesto. Nuestro video sobre el uso de la financiación por la Medida 99 para apoyar a estudiantes con discapacidades en escuelas al aire libre proporciona ejemplos de costos permitidos. Video de la financiación por la Medida 99 para estudiantes con necesidades especiales (8 minutos).
Tenga en cuenta lo siguiente: En 2021-2022, el programa Escuela al Aire Libre del Servicio de Extensión de la OSU agregará apoyo para costos indirectos a los costos reembolsados del distrito si este presenta su informe de Escuela al Aire Libre antes de la fecha límite de 2021-2022 (31 de julio de 2022).
Si el distrito entrega su informe de 2021-2022 antes de la fecha límite, el programa Escuela al Aire Libre incluirá $3.50 por cada estudiante que participe (no menos de $500 y no más que $20,000 por distrito) en la factura/reembolso final del distrito. La OSU establecerá esta fecha límite y los niveles de apoyo indirecto en la orden de trabajo del distrito que aprueba la financiación para el año escolar 2021-2022.
Nuevamente, en 2021-2022, los distritos que envíen sus informes antes de la fecha límite, 31 de julio de 2022, recibirán este apoyo para costos indirectos. Los distritos que envíen sus informes de Escuela al Aire Libre después del 31 de julio de 2022 no recibirán los fondos de apoyo para costos indirectos.
Estos son los costos del distrito o la escuela para pagar al personal interno (empleados por los que el distrito paga impuestos sobre las nóminas) o a contratistas que ayudan con la organización y la asistencia al programa de escuela al aire libre. Esto puede incluir estudiantes universitarios, ayudantes de maestros, traductores, enfermeros, o ayudantes individuales.
El programa Escuela al Aire Libre de la OSU reembolsará los pagos:
Por ejemplo, en un día de 24 horas, substraemos lo siguiente:
De esas nueve horas, el distrito debe facturar solo las horas trabajadas. Esto también da por hecho que el distrito financia el día escolar de siete horas por otros medios.
Los costos de estipendio/remuneración del distrito pueden incluir lo siguiente:
La factura del distrito puede incluir el tiempo que el personal ocupa en la planificación y asistencia a la escuela al aire libre y en la preparación del informe final del programa Escuela al Aire Libre.
Los costos facturados del distrito pueden incluir pagos para maestros sustitutos, si cumplen con los siguientes requisitos:
La categoría de estipendio/remuneración no cubre los siguientes costos:
Estos son los costos del distrito que permiten proporcionar a los estudiantes una buena experiencia de escuela al aire libre.
Los costos del programa permitidos incluyen, entre otros, los siguientes:
Tenga en cuenta lo siguiente: La escuela o el distrito debe mantener este equipo o ropa para utilizarlo en el futuro en la escuela al aire libre. La escuela o el distrito no debe enviar el equipo o la indumentaria a casa con los estudiantes. Obtenga más información sobre el programa Columbia Pro Purchase.
Costos de hotel para personal/chaperones. La escuela o el distrito deben asegurarse de que el personal o los chaperones son necesarios. También deben asegurarse de que el alojamiento es una necesidad y no una preferencia.
Los costos del programa prohibidos incluyen, entre otros, los siguientes:
La OSU no les pagará a los distritos por suministros que ya poseen sin la aprobación documentada de la OSU. Esto incluye elementos como los siguientes:
Los gastos de transporte no reembolsados son los costos del distrito del autobús hacia y desde la escuela al aire libre. Son los únicos costos que no están cubiertos por otras fuentes, como las siguientes:
El programa Escuela al Aire Libre de la OSU también reembolsará a los distritos por todos los costos relacionados con llevar a los estudiantes/padres/familias de su escuela a una instalación de escuela al aire libre. Usted o sus organizaciones asociadas pueden querer hacer esto como parte de un evento informativo u orientativo sobre la escuela al aire libre, patrocinado por la escuela. Los gastos de transporte reembolsables pueden incluir cargos de autobuses, combustible, millaje, conductores o costos de traslado.
Los distritos deben incluir los costos relacionados con el uso de vehículos personales en la categoría de estipendio/remuneración. Esto es así solo si el distrito aprobó el uso de vehículos personales como un gasto razonable para la escuela al aire libre.
Los cargos del proveedor son cargos pagados a un proveedor de escuela al aire libre si la escuela o el distrito contrata una experiencia de escuela al aire libre brindada por un proveedor. El cargo del proveedor por estudiante debe incluir los costos de residencia, comida y actividades. El distrito debe incluir los costos de los chaperones que asistirán a la escuela al aire libre en los costos del proveedor. El distrito debe dividir el costo total (incluidos los costos de chaperones) por el número de estudiantes que asisten para conseguir el costo por estudiante.
El distrito debe incluir los costos de escuela al aire libre de la escuela o del distrito en la categoría de costos del programa si la escuela o el distrito son el proveedor de la escuela al aire libre.
Para asegurarse de que los costos del proveedor tengan un valor justo de mercado, los distritos deben compararlos con los presupuestos de uno o dos proveedores diferentes con programas similares.
Los costos indirectos no son supervisados o informados por el distrito. En 2021-2022, la OSU añadirá apoyo para costos indirectos a la factura o el reembolso del distrito si la escuela o el distrito presenta su informe de Escuela al Aire Libre 2021-2022 antes del 31 de julio de 2022. El apoyo para los costos indirectos se pagará con un monto de $3.50 por cada estudiante que participe (no menos de $500 y no más de $20,000 por distrito). La OSU establecerá la fecha límite y los montos de pago en la orden de trabajo del distrito que aprueba la financiación para el año escolar 2021-2022.
La OSU no necesita que el distrito participante presente toda la información contable de sus gastos con sus costos informados. Sin embargo, la OSU puede necesitar que el distrito haga copias de sus recibos u otra documentación como parte de una auditoría.
El distrito debe conservar todos los documentos relacionados con los costos de la escuela al aire libre para respaldar sus costos informados de la Escuela al Aire Libre. Estos documentos incluyen, entre otros, los siguientes:
Los distritos deben considerar conservar la documentación de los gastos relacionados con la escuela al aire libre por un mínimo de seis años.
No se requiere que los distritos o las escuelas tengan o documenten los fondos en especie o de contrapartida para los préstamos del programa Escuela al Aire Libre de la OSU.
Tenga en cuenta lo siguiente:
El ORS 244.040 prohíbe que cualquier funcionario público utilice o intente utilizar su posición de funcionario público para obtener un beneficio financiero si la oportunidad para obtener ese beneficio financiero no estaría disponible si no estuviera en la posición de funcionario público. El beneficio financiero prohibido puede ser tanto una oportunidad de ganancia como una para evitar un gasto.